El Libro del Edificio es el documento que recoge una descripción de las características constructivas del edificio, así como las instrucciones de uso y mantenimiento recomendables para cada elemento constructivo y las instalaciones. En España, este documento es obligatorio desde la entrada en vigor de la Ley de la Ordenación de la Edificación (LOE) en mayo de 2000. Después de casi 22 años ha llegado el momento de darle un nuevo impulso. Convertir este documento en una herramienta estratégica que marque y explique el potencial de mejora que tiene el edificio desde el punto de vista energético, de seguridad, accesibilidad y confort.
Para hacerlo realidad hay que trabajar en dos líneas prioritarias. Por un lado, conseguir que el mayor número de edificios antiguos disponga de este documento. Por otro lado, hacer que el Libro del Edificio, caracterizado por ser estático y estar desactualizado, se transforme en un archivo digital, dinámico y accesible, permitiendo incluso mapear los flujos de datos entre la cadena de valor del sector de la construcción, los propietarios, las autoridades locales o los compradores de viviendas. ¿Es viable conseguirlo? Sí. Y la buena noticia es que, además, los dos objetivos son alcanzables en el corto plazo.
En cuanto al primer reto, el Gobierno va a conceder una serie de ayudas, enmarcadas en los fondos Next Generation EU, para sufragar una parte de los gastos de honorarios profesionales que implica la elaboración del Libro del Edificio Existente para la rehabilitación, un documento obligatorio para justificar el anexo del RD 853/2021, de 5 de octubre, que regula los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, así como para el desarrollo de proyectos técnicos de rehabilitación integral de edificios. Cabe recordar, además, que el Instituto de Ciencias de la Construcción Eduardo Torroja-CSIC, el CGATE y el CSCAE, con la coordinación del Mitma, han elaborado una guía para que los técnicos puedan realizar este trabajo con mayor sencillez y precisión teniendo en cuenta una serie de pautas comunes.
Las ventajas del Libro Digital del Edificio
Con respecto al segundo reto, el de la digitalización, cabe destacar que nunca ha sido tan sencillo como ahora tener este documento en formato electrónico gracias a la tecnología BIM. La idea de convertir el Libro del Edificio en un documento digital no es nueva. La Comisión Europea publicó en 2021 un informe donde analizaba documentos similares al español en los diferentes países europeos con el fin de sentar las bases que permitan crear un documento común en el ámbito edificatorio europeo.
Este estudio pone de manifiesto una serie de limitaciones comunes en los países estudiados. La principal carencia es el predominio de libros en papel, lo que limita el aprovechamiento de los beneficios que esta herramienta generaría si incorporara funciones digitales.
“La mayor parte de la información no está disponible en un solo lugar y falta un enfoque sistemático para organizarla y gestionarla”, recoge el informe titulado Study on the development of a European Union framework for digital building logbooks : final report 1. Una limitación que tampoco beneficia a la transparencia de los datos y genera inseguridad en propietarios, inquilinos, inversores, instituciones financieras y administraciones públicas.
En otras ocasiones, prosigue el informe, “la información recogida en estos documentos se ha realizado de forma incoherente, de manera inconsistente y poco sistemática, por lo que muy poca de esta información es utilizable y transferible a través de del ciclo de vida del edificio y de la cadena de valor de la construcción”.
La digitalización tanto del Libro del Edificio como del Libro del Edificio Existente para la Rehabilitación en España minimizará muchas de estas deficiencias al evitar el uso de datos parciales y desactualizados, facilitando el acceso al mismo, su actualización constante y previniendo la pérdida de información. Tener los datos en un único espacio incidirá también positivamente en los costes y en los plazos de los proyectos de rehabilitación y mejora, así como en la calidad de las obras y en la asignación de recursos al ayudar a tomar mejores decisiones durante todo el ciclo de vida del edificio.
La tecnología para hacerlo posible es ya una realidad. Gracias a ella y al trabajo cualificado de los técnicos, el documento puede recopilar datos sobre el rendimiento y mantenimiento del edificio, guardar los correspondientes certificados y, de este modo, estudiar cuáles son las opciones y medidas a tomar en el futuro para mejorar el rendimiento energético. Incluso permitirá anticipar cuándo y cómo es el mejor momento para renovar los edificios.
El Libro Digital del Edificio es, por tanto, un documento para lograr la neutralidad climática y construir una economía más circular. Podríamos incorporar en él información sobre los materiales de construcción utilizados (tipo, cantidad/montaje, origen, huella de carbono, contenido reciclado, opciones de desmantelamiento, reutilización y reciclaje al final de la vida útil), facilitando la separación en origen e incrementando la cantidad y la calidad del material de obra que se reciclará. Algo que minimizará los residuos generados. Las oportunidades de tener toda la información del edificio en un único documento digital son enormes.
Por tanto, debemos aprovechar las ayudas que se van a conceder para la elaboración del Libro del Edificio Existente para la Rehabilitación para dar el valor añadido que realmente merece un documento que tienen que empezar a considerarse “imprescindible” al ser la guía que, a medio y largo plazo, marcará la renovación de los edificios en España, un país que debería renovar cerca de 10 millones de viviendas, 350.000 casas al año hasta 2050.
1. Comisión Europea, Agencia Ejecutiva para las Pequeñas y Medianas Empresas, Dourlens-Quaranta, S., Carbonar, G., De Groote, M., et al., Study on the development of a European Union framework for digital building logbooks : final report, Publications Office, 2021, https://data.europa.eu/doi/10.2826/493576