En el diálogo "Revisión de precios" se añade una opción para poder aplicar, en obras para la Administración Pública, el tipo de fórmula polinómica para obras oficiales según Real Decreto 1359/2011. Si se aplica esta fórmula al cálculo de la revisión de precios, es posible contemplar un periodo exento de dos años para cumplir con la Ley 2/2015, de 30 de marzo.
Marco normativo que regula la Revisión de precios en los contratos con la Administración Pública española
| Arquímedes | Regulación normativa | Periodo exento | Fecha de inicio del periodo exento | Excluir 20% del contrato | Primera fecha a considerar para determinar kt | La fecha de referencia para la primera fecha a considerar para determinar kt | Si kt está entre 0,975 y 1,025 |
| Si desde la 2017.j | Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española. | 2 años | Fecha de formalización del contrato | Si | Fecha de adjudicación | No debe superar los 3 meses desde la adjudicación | Si hay revisión |
| Si desde la 2017.j | TRLCSP. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público. | 1 año | Fecha de formalización del contrato | Si | Fecha de adjudicación | No debe superar los 3 meses desde la adjudicación | Si hay revisión |
| Si desde la 2009.1.c | LCSP. Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. | 1 año | Fecha de adjudicación del contrato | Si | Fecha de adjudicación | No debe superar los 3 meses desde la adjudicación | Si hay revisión |
| Si desde la 2009.1.c | TRLCAP. Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. | 1 año | Fecha de adjudicación del contrato | Si | Fecha final de presentación de ofertas | No debe superar los 3 meses desde la adjudicación | Si hay revisión |