El programa considera cinco casos para determinar las condiciones de instalación de los paneles. Hasta la fecha se disponía de las tres siguientes opciones:
- Superposición arquitectónica
Cuando la colocación de los captadores se realiza paralela a la envolvente del edificio, no aceptándose en este concepto la disposición horizontal, con el fin de favorecer la autolimpieza de los módulos. - Integración arquitectónica
Cuando los módulos cumplen una doble función energética y arquitectónica y, además, sustituyen a elementos constructivos convencionales o son elementos constituyentes de la composición arquitectónica. - Plano horizontal
Cuando se utilizan soportes para disponer los módulos, con una orientación e inclinación determinadas, sobre una superficie horizontal.
Como novedad, se ha incluido una distinción entre la instalación sobre un plano horizontal e inclinado, y la instalación sobre un sistema de seguimiento solar para mejorar la eficiencia de la instalación:
- Plano inclinado
Cuando se utilizan soportes para disponer los módulos, con una orientación e inclinación determinadas, sobre una superficie inclinada. - Seguimiento solar
Al utilizar un sistema de seguimiento solar se obtiene una inclinación variable de los módulos. Esto implica una ganancia en la energía captada y un incremento en el rendimiento de la instalación.