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Colindancia con un recinto desconocido

Dentro de cada recinto se definen los muros y los forjados que lo delimitan. Cuando alguno de estos elementos es una partición interior, es decir, un tabique o un forjado entre pisos, se debe definir el recinto al otro lado. Hasta ahora, se permitía escoger un recinto colindante entre los definidos en la obra o bien dejar este campo vacío, lo que significaba que la partición es adiabática, esto es, que no se producen pérdidas o ganancias de calor a través de la misma.

En la versión 2019.f , dentro de "Recinto colindante" se indica de forma explícita la definición de las opciones ya existentes y se ha añadido la nueva opción "Recinto desconocido". Esta opción permite definir de forma más adecuada las particiones que lindan con espacios de otros edificios cuyo uso se desconoce y que no se han definido en la obra. A efectos de cálculo, dicho recinto desconocido tendrá la temperatura exterior.